JurisprudenciaExpress
SJE REFOR-CGE 38/22


      1) Roj: STS 4172/2022, de 16 de noviembre.***

      Sala de lo Contencioso.Ponente, Francisco José Navarro Sanchis.
      AC: Honorarios, a los efectos del IVA.

      El Tribunal Supremo sí individualiza los servicios que se retribuyen en cada fase a los administradores concursales, aludiendo a los distintos hitos temporales y a la efectividad de su prestación en cada fase, lo que comporta, a efectos del presente recurso, que sí es posible diferenciar los distintos servicios que se prestan en cada fase, pues dan lugar a una retribución individualizada. Lo que permite determinar el momento en que se devenga el IVA, al constituir un hito temporal que determinaba el final de una fase y, por tanto, de los servicios prestados en dicha fase.




      Resumen elaborado por José María Marqués Vilallonga.

      9 de diciembre de 2022
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