CabecerasNotasAviso-REFOR
Nº 8/2021

ACTUACIONES PERICIALES: EL PRINCIPIO DE “PACTA SUNT SERVANDA” FRENTE A LA CLÁUSULA “REBUS SIC STANTIBUS” Y LA NECESIDAD DEL INFORME DEL PERITO ECONOMISTA.

1 de marzo de 2021
Incluimos el siguiente material de interés que nos ha proporcionado Rodrigo Cabedo, Economista, perito, miembro del Consejo Directivo del REFOR y uno de los ponentes del REFOR en cursos y webinars de ámbito pericial.

Destacamos el papel del Economista en este tipo de dictámenes periciales relacionados con cláusula "rebus sic stantibus" y la importancia del informe pericial económico, que ahora conocemos de primera mano, gracias a la intervención de un Economista del REFOR.En estos casos, el informe del perito economista es necesario y resulta determinante como medio de prueba para acreditar que se ha producido una alteración de la base del negocio al haberse reducido drásticamente los beneficios que realmente se pretendían obtener, lo que implica que el contrato devine excesivamente oneroso.

Desde REFOR hemos venido siguiendo e incluyendo noticias e informes sobre cláusula rebus sic stantibus en boletines desde efecto Covid 19 y su relación con informes periciales.

Agradecemos encarecidamente a Rodrigo Cabedo la remisión de esta documentación que comparte con resto de miembros del REFOR, de gran interés para otras posibles actuaciones periciales de este tipo, que estimamos pueden incrementarse tras efectos Covid 19 y evolución aplicación de la cláusula "rebus sic stantibus".De nuevo observamos la participación de un economista, miembro y colaborador del REFOR en un importante caso profesional del ámbito de la economía forense, que puede resultar de gran interés para otros compañeros del REFOR.


Noticias sobre este caso pericial:


Saludos cordiales,




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