Recuerda que, con la entrada en vigor en el BOE del 23 de diciembre de 2022, el período navideño del 24 de diciembre al 6 de enero es inhábil en juzgados y tribunales en toda España.
Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre, de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea, y reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso.
La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, se modifica en los siguientes términos:
Tres. Se modifica el artículo 183, que queda redactado como sigue: «Artículo 183. Serán inhábiles los días del mes de agosto, así como todos los días desde el 24 de diciembre hasta el 6 de enero del año siguiente, ambos inclusive, para todas las actuaciones judiciales, excepto las que se declaren urgentes por las leyes procesales. No obstante, el Consejo General del Poder Judicial, mediante reglamento, podrá habilitarlos a efectos de otras actuaciones.»
¡Conoce la APP de #LexNET! Si eres procurador, abogado, graduado social o administrador concursal podrás visualizar: Notificaciones pendientes de descarga, Informaciones importantes, Estado de tus envíos... Descárgala aquí
No imprimir si no es necesario. Protejamos el Medio Ambiente. Este mensaje contiene información privada y confidencial dirigida únicamente a su destinatario. Si Ud. ha recibido este mensaje por error, le informamos que su uso no autorizado está prohibido legalmente, por lo que le rogamos que lo comunique al remitente por la misma vía y proceda a eliminarlo.