Os comentamos que desde el Consejo General de Economistas, con el impulso de su órgano especializado en el ámbito de la economía forense, el REFOR, se transmitió al Ministerio de Justicia una pregunta sobre cómo los mediadores que hubieran realizado las 20 horas de formación continua que exige el Real Decreto 980/2013, pueden comunicar dicha formación continua al Registro de Mediadores.
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Informamos que recientemente, el Ministerio de Justicia, a través de la DGRN, Dirección General de los Registros y del Notariado, ha remitido al Consejo General de Economistas, una nota informativa con la contestación a esta consulta.
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Os extractamos los párrafos más destacados:
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"No obstante, y con independencia de la formación específica inicial, los mediadores deben también realizar una o varias actividades de formación continua en materia de mediación, de carácter eminentemente práctico, al menos cada cinco años, las cuales tendrán una duración total mínima de 20 horas, y ello de acuerdo con el artículo 6 de la citada norma. Este mismo artículo dispone que la realización de cursos de especialización en algún ámbito de la mediación permitirá cumplir el requisito de la formación continua del mediador.
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De conformidad con el artículo 16 de la misma norma, el mediador inscrito en este Registro está obligado a comunicar, a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, la modificación de sus datos, en especial la que se refiera a la cobertura de su responsabilidad civil, así como la actualización de la información relativa a la formación continua que realice y su experiencia
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Así, el usuario puede aportar la documentación en materia de formación continua, así como cualquier otra documentación relativa a su inscripción, mediante certificado reconocido de firma electrónica a través del siguiente enlace, que es el mismo que se utiliza para inscribirse
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A continuación en el siguiente enlace se puede acceder al documento:
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Esperamos que esta comunicación y documento os resulten de interés y utilidad.
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