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La necesidad del economista en los institutos preconcursales y en situaciones de insolvencia.
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- Adrian Thery Martí, SOCIO RESPONSABLE DEL DEPARTAMENTO DE
REESTRUCTURACIÓN E INSOLVENCIA DE LA OFICINA DE GARRIGUES EN MADRID.
- Roberto Niño Estébanez, MAGISTRADO DEL JUZGADO MERCANTIL
Nº8 DE BARCELONA. DOCTOR EN DERECHO
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1.- Implicaciones del RDL 16/2020:
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- Modificación del acuerdo de refinanciación.
- Modificación de convenio de acreedores.
- Necesidad del economista en los institutos preconcursales.
2.- Impugnaciones a la homologación de ARFs. Criterios de análisis des del punto de vista del Juzgador. Presente con el TRLC. Futuro con la Directiva.
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- Documentación que espera obtener.
- Punto de vista del acreedor impugnante.
- Punto de vista del deudor que solicita la impugnación.
- Necesidad de los informes de economista.
- Adrian Thery Martí, SOCIO RESPONSABLE DEL DEPARTAMENTO DE
REESTRUCTURACIÓN E INSOLVENCIA DE LA OFICINA DE GARRIGUES EN MADRID.
- Roberto Niño Estébanez, MAGISTRADO DEL JUZGADO MERCANTIL
Nº 8 DE BARCELONA. DOCTOR EN DERECHO
Formación Concursal: 3 horas
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- Miembros REFOR: 50€
- Colegiados: 60€
- Otros: 100€
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